Conoce los delitos por los cuales hay cárcel sin investigación

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En unos días, la Suprema Corte de Justicia de la Nación analizará la inconvencionalidad de la prisión preventiva oficiosa, debido a un llamado de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

De acuerdo con el organismo internacional, México ha abusado de esta práctica e incluso el catálogo de delitos es cada vez más amplio en el sistema penal acusatorio.

La prisión preventiva, en sus modalidades justificada y de oficio ha sido calificada como pena anticipada, sin embargo, la segunda es más riesgosa, pues basta con sólo ser acusado por uno de los delitos consagrados en el 19 constitucional, para que el Ministerio Público solicite esta medida y el juez la conceda.

De acuerdo con juristas, mantener este catálogo de delitos también provoca que el Ministerio Público no investigue a fondo para demostrar la culpabilidad de una persona.

De acuerdo con el artículo 19 constitucional, aquellos delitos que amerizan prisión preventiva de oficio, es decir con sólo una acusación, son los siguientes:

abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones, robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades, delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, así como los delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad, y de la salud.