Regular desde el Estado manejos, peligros y acciones en la venta de químicos y corrosivos

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En el estado de Chihuahua, hemos sido testigos de los reiterados incidentes en establecimientos o fábricas donde se utilizan agentes químicos y sustancias corrosivas, que han ocurrido porque no son manejadas con los cuidados debidos.

Debido a lo anterior, es urgente que regulemos y controlemos, en un marco legal más cuidadoso, dirigido a los lugares en mención.

Ya sabemos que estos agentes químicos y sustancias corrosivas son componentes fundamentales que se extienden a procesos industriales, laboratorios y actividades cotidianas.

En este sentido, representan riesgos significativos para la salud humana y el medio ambiente.

Si trabajamos en la regulación de agentes químicos y sustancias corrosivas no solo protegemos la salud humana y el medio ambiente, sino que también contribuimos a la seguridad laboral y a la sostenibilidad a largo plazo.

La regulación garantiza la seguridad en la cadena de suministro de sustancias químicas, desde su producción hasta su transporte y uso final. Y adicionalmente hacemos una ruta para seguir estándares de calidad y seguridad en que los productos químicos cumplan con requisitos específicos y minimizar el riesgo de incidentes durante su manipulación.

Insisto que la regulación puede fomentar la investigación y el desarrollo de alternativas más seguras y sostenibles a los agentes químicos y sustancias corrosivas tradicionales. Esto impulsa la innovación en tecnologías más seguras y promueve la adopción de prácticas industriales más responsables.

Los agentes químicos son sustancias que, debido a su composición y reactividad, pueden causar cambios en la materia. Entre ellos, las sustancias corrosivas son particularmente relevantes, ya que tienen la capacidad de dañar materiales, tejidos biológicos y otros elementos con los que entran en contacto.

Las sustancias corrosivas, como los ácidos y las bases fuertes, poseen propiedades que las hacen altamente reactivas. Pueden provocar quemaduras en la piel, dañar los ojos e incluso causar daños internos si se ingieren.

Además, pueden corroer metales y otros materiales, afectando la integridad de las infraestructuras y equipos.

El contacto con agentes químicos y sustancias corrosivas puede tener consecuencias graves para la salud humana.

Las quemaduras químicas pueden causar dolor intenso, cicatrices permanentes y, en casos extremos, llevar a complicaciones médicas críticas.

Además, la inhalación de vapores corrosivos puede afectar el sistema respiratorio, causando problemas pulmonares a largo plazo.

La exposición repetida o prolongada a agentes químicos también puede tener efectos acumulativos, aumentando el riesgo de enfermedades crónicas como cáncer u otros trastornos de salud.

El manejo inadecuado de agentes químicos puede tener un impacto devastador en el medio ambiente. La liberación no controlada de sustancias corrosivas puede contaminar suelos, cuerpos de agua y afectar la biodiversidad.

Los derrames accidentales o la disposición incorrecta de residuos químicos pueden generar consecuencias a largo plazo, comprometiendo la sostenibilidad ambiental.

Para mitigar los riesgos asociados con agentes químicos y sustancias corrosivas, es crucial implementar medidas preventivas efectivas.

En mi proyecto de decreto asiento que estas regulaciones queden establecidas en la Ley Estatal de Salud para quedar redactados de la siguiente manera:

ARTÍCULO 3. ….
B) En materia de salubridad local:

I.- al XXII.- ….
XXIII.- Establecimientos que expendan agentes químicos y sustancias corrosivas.

CAPITULO XXI
ESTABLECIMIENTOS DE AGENTES QUÍMICOS Y SUSTANCIAS CORROSIVAS

Artículo 325 Bis. – Los establecimientos que expenden agentes químicos y sustancias corrosivas, se sujetaran a lo siguiente:

I.- Llevaran un registro de las personas físicas y/o morales que adquieran cualquier cantidad mayor de cinco litros o kilogramos de cualquiera de los siguientes ácidos: sulfúrico, clorhídrico, muriático, fosfórico, nítrico o hidróxido de sodio en cualquier presentación

II.- La secretaria elaborara los criterios que deben contener dichos registros