5 datos clave que debes conocer acerca de la reforma sobre el ‘home office’

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Ayer fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación los cambios a la Ley Federal del Trabajo en materia de teletrabajo, o lo que nosotros conocemos coloquialmente como “home office”, el cual se implementó a raíz de la pandemia en nuestro país, aunque muchas empresas tenían este esquema de trabajo desde antes.

Estos cambios no se aplicarán incluso hasta 18 meses después, tiempo con el que cuenta el Gobierno Federal para crear una Norma Oficial Mexicana que exija el cumplimiento de estas nuevas obligaciones. A continuación, te contaremos cinco cosas importantes que debes conocer sobre esta reforma al llamado “home office”.

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Punto uno: si laboras más del cuarenta por ciento del tiempo en casa

La reforma publicada en el DOF, indica que “se regirán por las disposiciones del presente Capítulo, las relaciones laborales que se desarrollen más del cuarenta por ciento del tiempo en el domicilio de la persona trabajadora, bajo la modalidad de teletrabajo o en el domicilio elegido por ésta”.

Entendemos por home office o teletrabajo a las actividades laborales que el empleado realiza en un sitio distinto a las instalaciones de la empresa o centro de trabajo.

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Punto dos: los costos derivados del home office

En esta reforma se establece que los empleadores deben asumir estos pagos, es decir, tomando en cuenta que ya laboras desde casa, tu patrón debe contribuir con el pago de una parte proporcional del recibo de luz, así como de los servicios de telecomunicación, como el Internet. Tendrán la obligación también de recibir oportunamente el trabajo y pagar los salarios en la forma y fechas estipuladas.

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Punto tres: los equipos de trabajo

Este es un punto muy importante, pues esta reforma plantea que las empresas tienen la responsabilidad de instalar y dar mantenimiento a los equipos que entreguen a los empleados para que puedan trabajar desde sus hogares.

Como empleado, también se establece en el artículo 311, así como en la adición del Capítulo XII Bis de la Ley Federal del Trabajo, que debes cuidar y conservar esos equipos, como computadoras o celulares proporcionados por la empresa.

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Punto cuatro: el derecho a la desconexión

Este punto también es parte de esta reforma al home office, pues los trabajadores tendrán derecho a la desconexión. ¿Qué quiere decir esto? Que no participen en comunicaciones electrónicas relacionadas con su empleo (correos electrónicos, llamadas telefónicas o mensajes de WhatsApp) que se den fuera de su horario laboral.

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Punto cinco: datos personales

En esta reforma quedó establecido que los patrones deben preservar los datos personales y el derecho a la intimidad de los empleados, y que estos no pueden dar salarios inferiores a quienes realizan home office que el de los trabajadores que realizan sus labores de manera presencial, ya sea con funciones iguales o similares.