SEP: ¿Pueden reprobar a los alumnos que no vayan a la escuela?

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El próximo lunes 30 de agosto será el regreso a clases presenciales, el cual recuerda la Secretaría de Educación Pública (SEP) será de forma voluntaria.

Después de que se informara que el próximo 30 de agosto será el regreso a clases presenciales para alumnos de preescolar, primaria y secundaria, algunas madres y padres de Familia se han opuesto a la medida debido al aumento de contagios y la presencia de la tercera ola de Covid que afecta mayormente a jóvenes. Por ello, muchos planean no enviar a sus hijos a la escuela. No obstante, tanto los niños como los padres ahora temen  que lo anterior pueda causar problemas en las calificaciones, o recibir alguna sanción.

Ante eso, la Secretaria de Educación Pública (SEP) aclaró no solo las múltiples medidas de seguridad e higiene que se aplicarán para el regreso a clases presenciales con el fin de reducir el temor entre la comunidad estudiantil, pero también señaló que el regreso será de forma voluntaria. Es decir, tanto las escuelas como los alumnos podrían decidir si quieren retomar las clases presenciales, o si continuarán en el formato a distancia.

Los padres de familia, así como alumnos que decidan no asistir deberán presentar una carta que enliste los motivos para no enviar a sus hijos a la escuela, la cual deberá ser firmada por los tutores del menor. En caso de enviar dicha carta a la escuela, no se podrá realizar ninguna sanción tanto de calificaciones como de asistencia. Por su parte, los niños o las niñas que decidan no presentarse podrán continuar cursando a distancia.

Aún cuando decidas no mandar a tus hijos a la escuela de manera presencial, si será necesario que realices la inscripción al ciclo escolar 2021-2022 en el grado que le corresponda.