Secretaría del Trabajo supervisa que empresas cumplan con la contingencia sanitaria

495

Los establecimientos que permanezcan abiertos por desarrollar actividades esenciales, deben aplicar los protocolos y medidas de higiene y sana distancia decretadas

Ante la emergencia sanitaria del COVID-19 y de acuerdo a las medidas establecidas por las autoridades de Salud, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) del Gobierno del Estado, continúa las verificaciones a los centros laborales de jurisdicción local para vigilar que se cumpla el acuerdo federal para el cierre o permanencia de empresas esenciales y no esenciales.
 
A través de la Inspección del Trabajo, la dependencia estatal ha realizado 95 visitas de vigilancia para requerimiento de información e inspecciones extraordinarias, dando vista en 30 ocasiones a la autoridad federal.  
 
La STPS recordó que desde el 1 de abril, aquellas empresas que no realicen actividades esenciales están obligadas a suspender de manera temporal sus labores.
 
Se invita a la ciudadanía a conocer el listado de centros de trabajo que pueden continuar laborando por tratarse de actividades esenciales, publicado en el Diario Oficial de la Federación y puede ser consultado a través del enlace: bit.ly/AcuerdoCOVID19.
 
En caso de irregularidades en materia de seguridad y salud, la autoridad estatal reporta la situación a la Inspección Federal del Trabajo y a las autoridades sanitarias correspondientes, a efecto de que se disponga sobre la suspensión de actividades de manera inmediata y el retiro de todas las personas trabajadoras que se encuentren laborando.
 
Los establecimientos que permanezcan abiertos por desarrollar labores esenciales, deben hacerlo sin considerar a las personas trabajadoras que se encuentren en los siguientes supuestos:
 
a) Personas mayores de 60 años;
 b) Mujeres embarazadas o en periodo de lactancia y,
c) Personas con discapacidad o con enfermedades crónicas no transmisibles, o quien esté bajo algún padecimiento o tratamiento farmacológico que les genere supresión del sistema inmunológico.
 
Además, no se pueden realizar reuniones o congregaciones de más de 50 personas y están obligados a aplicar los protocolos, recomendaciones y medidas de higiene y sana distancia emitidas por la autoridad sanitaria en esta emergencia.
 
La ciudadanía debe tener la seguridad de que la STPS mantendrá resguardados sus derechos laborales ante cualquier acontecimiento que pudiese vulnerarlos.
 
Se exhorta a las y los trabajadores chihuahuenses a comunicarse con la Procuraduría Estatal de la Defensa del Trabajo, donde personal especializado brinda acompañamiento, asesoría y orientación gratuita ante cualquier duda laboral.
 
Procuraduría Estatal de la Defensa del Trabajo
–     Atención vía chat: www.stpschihuahua.com (registrar asesoría e iniciar chat)
–     Por teléfono, comunicándose en Chihuahua al 614 4293353 o al 4293300, extensiones 12155, 12156 y 12157; Juárez al 656 6293313 o al 6293300, extensiones 54122, 54125, 54126 y 54127; Delicias 639 1208604; Cuauhtémoc 625 2831766; Parral 627 1311769; y Nuevo Casas Grandes al 636 1120903.
 
Inspección del Trabajo del Gobierno del Estado
–     En Chihuahua al (614) 429 33 00 ext. 12102, 12137 y 12159
–     En Ciudad Juárez al (656) 629 33 00 ext. 54124
–     inspeccion.stps@chihuahua.gob.mx
 
Inspección Federal del Trabajo
–     Por teléfono, comunicándose al 55 30 00 27 00 extensión 65388, 65338 y 65394, o bien al correo electrónico inspeccionfederal@stps.gob.mx.