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Salario mínimo: Esto es lo que deberás ganar en 2025 según tu empleo

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El salario mínimo general para la mayoría de las entidades federativas subirá de 248.93 pesos diarios a 278.80 pesos diarios.

A partir del 1 de enero de 2025, el salario mínimo subirá 12%, según lo dispuesto por la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami). Este ajuste beneficiará a las 61 profesiones, oficios y trabajos especiales. Te decimos cuánto ganarás según tu empleo.

El secretario del Trabajo y Previsión Social, Marath Baruch Bolaños López, anunció que este aumento es resultado de un acuerdo unánime entre representantes de los sectores laboral, empresarial y gubernamental, con el objetivo de mejorar el poder adquisitivo de los mexicanos.

“Por consenso unánime, se decreta el incremento del 12 por ciento a los salarios mínimos en todo el país que entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2025″, dijo Marath Barush.

¿Cuánto aumentará el salario mínimo en 2025?

El salario mínimo general para la mayoría de las entidades federativas subirá de 248.93 pesos diarios a 278.80 pesos diarios.

En la Zona Libre de la Frontera Norte (ZLFN), que incluye municipios colindantes con Estados Unidos, el salario mínimo será mayor, pasando de 374.89 pesos diarios a 419.88 pesos diarios.

¿Qué salario mínimo me corresponde en 2025 según mi oficio?

Para brindar a los trabajadores mexicanos una idea clara de sus ingresos a partir del 1 de enero de 2025, la Conasami dio a conocer una tabla con los salarios mínimos correspondientes a 61 profesiones, oficios y trabajos especiales en 2025.

A continuación, te mostramos la lista con los salarios mínimos para 2025, clasificados según el tipo de empleo, tal como fue publicada por la Conasami:

  1. Oficial de albañilería: 321.63 pesos
  2. Boticas, farmacias y droguería, dependiente(a) de mostrador: 284.30 pesos
  3. Buldózer y/o traxcavo, operador(a) de: 336.94 pesos
  4. Cajero(a) de máquina registradora: 289.24 pesos
  5. Cantinero(a) preparador de bebidas: 295.15 pesos
  6. Carpintero(a) de obra negra: 321.63 pesos
  7. Carpintero(a) en la fabricación y reparación de muebles: 316.33 pesos
  8. Cocinero(a), mayor(a) en restaurantes, fondas y demás establecimientos de preparación y venta de alimentos: 325.71 pesos
  9. Colchones, oficial en fabricación y reparación de: 298.08 pesos
  10. Colocador(a) de mosaicos y azulejos, oficial: 315.21 pesos
  11. Construcción de edificios y casas habitación, yesero(a): 300.18 pesos
  12. Cortador(a) en talleres y fábricas de manufactura de calzado: 292.31 pesos
  13. Costurero(a) en confección de ropa en talleres o fábricas: 288.83 pesos
  14. Costurero(a) en confección de ropa en trabajo a domicilio: 296.41 pesos
  15. Chofer acomodador(a) de automóviles en estacionamientos: 302.14 pesos
  16. Chofer de camión de carga en general: 328.23 pesos
  17. Chofer de camioneta de carga en general: 318.93 pesos
  18. Chofer operador(a) de vehículos con grúa: 306.79 pesos
  19. Draga, operador(a) de: $340.04 pesos
  20. Ebanista en fabricación y reparación de muebles: 320.89 pesos
  21. Electricista instalador(a) y reparador(a) de instalaciones eléctricas, oficial: 315.21 pesos
  22. Electricista en la reparación de automóviles y camiones, oficial: 318.26 pesos
  23. Electricista reparador(a) de motores y/o generadores en talleres de servicio, oficial: 306.79 pesos
  24. Empleado(a) de góndola, anaquel o sección en tienda de autoservicio: 283.47 pesos
  25. Encargado(a) de bodega y/o almacén: 293.59 pesos
  26. Ferreterías y tlapalerías, dependiente(a) en: 299.45 pesos
  27. Fogonero(a) de calderas de vapor: 309.04 pesos
  28. Gasolinero(a), oficial: 288.83 pesos
  29. Herrería, oficial de: 311.14 pesos
  30. Hojalatero(a) en la reparación de automóviles y camiones, oficial: 316.33 pesos
  31. Jornalero(a) agrícola y/o trabajador(a) del campo: 315.19 pesos
  32. Lubricador(a) de automóviles, camiones y otros vehículos de motor: 291.00 pesos
  33. Manejador(a) en granja avícola: 280.40 pesos
  34. Maquinaria agrícola, operador(a) de: 323.22 pesos
  35. Máquinas para madera en general, oficial operador(a) de: 309.04 pesos
  36. Mecánico(a) en reparación de automóviles y camiones, oficial: 332.17 pesos
  37. Montador(a) en talleres y fábricas de calzado, oficial: 292.31 pesos
  38. Peluquero(a) y cultor(a) de belleza: 302.14 pesos
  39. Pintor(a) de automóviles y camiones, oficial: 311.14 pesos
  40. Pintor(a) de casas, edificios y construcciones en general, oficial: 309.04 pesos
  41. Planchador(a) a máquina en tintorerías, lavandería y establecimientos similares: 289.24 pesos
  42. Plomero(a) en instalaciones sanitarias, oficial: 309.59 pesos
  43. Radiotécnico(a) reparador(a) de aparatos eléctricos y electrónicos, oficial: 320.89 pesos
  44. Recamarero(a) en hoteles, moteles y otros establecimientos de hospedaje: 283.47 pesos
  45. Refaccionaria de automóviles y camiones, dependiente(a) de mostrador en: 293.59 pesos
  46. Reparador(a) de aparatos eléctricos para el hogar, oficial: 305.63 pesos
  47. Reportero(a) en prensa diaria impresa: 624.30 pesos
  48. Reportero(a) gráfico(a) en prensa diaria impresa: 624.30 pesos
  49. Repostero(a) o pastelero(a): 321.63 pesos
  50. Sastrería en trabajo a domicilio, oficial de: 323.22 pesos
  51. Secretario(a) auxiliar: 331.50 pesos
  52. Soldador(a) con soplete o con arco eléctrico: 318.26 pesos
  53. Tablajero(a) y/o carnicero(a) en mostrador: 302.14 pesos
  54. Tapicero(a) de vestiduras de automóviles, oficial: 306.79 pesos
  55. Tapicero(a) en reparación de muebles, oficial: 306.79 pesos
  56. Trabajador(a) del hogar: 303.07 pesos
  57. Trabajador(a) social, técnico(a) en: 359.13 pesos
  58. Vaquero(a) ordeñador a máquina: 283.47 pesos
  59. Velador(a): 288.83 pesos
  60. Vendedor(a) de piso de aparatos de uso doméstico: 296.41 pesos
  61. Zapatero(a) en talleres de reparación de calzado, oficial: 292.31 pesos

En la Frontera Norte, el salario mínimo para 2025 se mantiene en 419.88 pesos diarios para las 61 profesiones, oficios y trabajos especiales.

Marath Baruch Bolaños resaltó que, con este incremento, se busca alcanzar un salario mínimo que permita cubrir 2.5 canastas básicas, logrando así una recuperación acumulada del 135% hasta el momento.

¿Cómo se calcula el incremento del salario mínimo?

El incremento del salario mínimo se basa en el salario vigente en 2024, al cual se suma el Monto Independiente de Recuperación (MIR).

De acuerdo con la Conasami, el propósito del MIR es “promover la recuperación del poder adquisitivo del salario mínimo general”.