Retira Miguel Ángel Colunga iniciativa para crear la Ley de Voluntad Anticipada para Chihuahua

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El diputado Miguel Ángel Colunga Martínez, sostuvo que su iniciativa de ninguna manera era para aprobar la eutanasia en la entidad y la que iniciativa que él iba a presentar era para crear el marco legal por medio del cual se expida la Ley de Voluntad Anticipada para el Estado de Chihuahua, a fin establecer los mecanismos legales que permitan expresar su voluntad a un paciente de someterse o no a procedimientos médicos y tratamientos para alargar la agonia ante una enfermedad terminal, con el propósito de garantizar la dignidad del afectado.

“La presente Ley, por ningún motivo tiene como objeto establecer los procedimientos legales para que una persona que padezca una enfermedad crónica degenerativa y se encuentre medicamente en situación terminal, se le apliquen procedimientos médicos o medicamentos a fin de acelerar o privarle de la vida, por el contrario, se pretende establecer los mecanismos que garanticen la vida digna de dichas personas”, aclaró el diputadp.

El diputado explicó que se entiende por eutanasia la terminación anticipada de la vida de una persona en fase terminal, o el suicidio asistido como el mecanismo por medio del cual se presta asistencia médica para terminar con la existencia, es por ello que reiteró que su iniciativa de ley, “por ningún motivo tiene dicho objeto, siendo así que dispone en el artículo 43 del proyecto, de manera expresa se prohíbe la aplicación de medicamento o procedimientos médicos que tengan como consecuencia adelantar o producir la perdida de la vida del paciente en fase terminal, esto al señalar:

“Artículo 43. En ningún momento y bajo ninguna circunstancia se practicará la eutanasia en el paciente. No podrán suministrarse medicamentos o tratamientos que provoquen de manera intencional el deceso del enfermo en situación terminal; debiendo de suministrar los medicamentos, cuidados y asistencia necesarios para garantizar la dignidad de la persona, los cuales en ningún momento aceleren o anticipen la terminación de la vida”.

Dijo que tiene en calro que la figura de la voluntad anticipada puede generar conflicto del orden moral o religioso, entre los temas relativos al privar de la vida a una persona que se encuentre en fase terminal, lo que sin duda es contrario a la moral o la religión, “pero luego entonces, será ético y moral prolongar la agonía de una persona que se encuentra en fase terminal por una enfermedad crónica degenerativa, que medicamente no sea posible mantener por si misma las funciones vitales del organismos”.

La figura de la voluntad anticipada que el diputado proponía se encuentra constreñida única y exclusivamente a que la fase terminal devenga de una enfermedad crónica degenerativa, que exista por estricto dictamen de al menos dos médicos en los cuales se haga constar que el paciente se encuentra en fase terminal y que por sí mismo se encuentra impedido para sostener las funciones vitales.

Pero Migue Ángel Colunga dijo ser un firme creyente de la libertad de creencia de los demás y que era por ese motivo que retiraba su propuesta.