Que el Estado garantice desde el nacimiento el principio de igualdad: Ivón Salazar

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La diputada local del Partido Revolucionario Institucional Ivón Salazar Morales presentó una iniciativa que propone reformar los artículos 62 y 144 del Código Civil del Estado de Chihuahua para obligar a ambos progenitores a reconocer a sus descendientes, no solo a la madre como anteriormente se estipulaba, con el fin de acortar la brecha de igualdad que aún existe en materia de filiación.

Salazar Morales expuso que uno de los derechos más importantes que se adquiere desde el nacimiento es el derecho a la identidad, estipulado en la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescente, que contempla tener un nombre y los apellidos de la madre y el padre desde el nacimiento y la inscripción en el Registro Civil, tener una nacionalidad, entre otros aspectos.

Actualmente el artículo 62 del código civil en el estado establece que “La madre no tiene derecho a dejar de reconocer a su hijo. Tiene obligación de que su nombre figure en el acta de nacimiento de su hijo.”, contraponiéndose al principio de igualdad, al dejar esta carga a la madre únicamente sin imponerla también al padre.

En ese sentido, Salazar Morales propuso reformar dicho artículo, de forma muy similar a como ya se legisló en la Ciudad de México desde el 2000, para establecer que el padre y la madre estén obligados a reconocer a sus descendientes, salvo el caso de agresores sexuales, en este caso se priorizará salvaguardar los derechos de las niñas, niños y adolescentes.

También señaló se pretende establecer acciones afirmativas en favor de la mujer, ya que históricamente es la que ha cargado en muchos de los casos, con el señalamiento social y jurídico de madre soltera, que en el país representa el 07%, mientras que el 03% de la madres son divorciadas, mientras que solo 0.5% son padres solteros, según datos del Censo de Población y Vivienda 2020.

Por otra parte, la congresista indicó que la reforma que plantea al artículo 144 tiene por objeto eliminar la distinción entre los tipos de filiación que reconocía la ley anteriormente; entre parientes por consanguinidad naturales o legítimos”, lo que por mucho tiempo generó desigualdad y discriminación entre los hijos “naturales” y “legítimos”.

La legisladora tricolor aseguró que esta reforma es necesaria para establecer, de forma igualitaria, las obligaciones de crianza y cuidado de ambos progenitores, abatir la discriminación contra los descendientes, es decir, y reconocer a todas y todos los descendientes en el mismo estatus, con los mismos derechos, independientemente de las circunstancias o del origen de la filiación, lo que conlleva a que el Estado garantice el principio de igualdad desde el nacimiento.