Piden al IEE dos plebiscitos uno en Juárez y el otro en Cuauhtémoc

375

El Instituto Estatal Electoral de Chihuahua (IEE), recibió dos solicitudes de inicio de plebiscito, instrumento de participación política, previsto en la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Chihuahua.

El 18 de diciembre del 2019 fue presentada la petición por parte de un ciudadano del Municipio de Juárez, con el motivo de someter a consulta el proyecto de infraestructura urbana denominado el Corredor Tecnológico.

Con base en el escrito presentado ante el IEE, se trata de “acto de gobiernos”: en primer término, se menciona el decreto “Sistema Integrado de Transporte de Ciudad Juárez”, emitido por parte del Ejecutivo federal; y en segundo, el proyecto “Transporte semimasivo o segunda ruta troncal”, autorizado por el Ejecutivo estatal y presentado como iniciativa al Congreso del Estado con fecha 21 de noviembre del 2019.

El 6 de enero del 2020, se recibió la solicitud de un grupo de veinticinco ciudadanas y ciudadanos, para someter a consideración de la ciudadanía del municipio de Cuauhtémoc la aprobación del proyecto de la concesión de la recolección, traslado y disposición final de la basura, llevada a cabo por el Ayuntamiento en su sesión extraordinaria el 27 de noviembre del 2019.

Ambas solicitudes entran en la etapa de revisión de requisitos formales y legales, así como las prevenciones correspondientes para corregir las inconsistencias y/o completar la documentación faltante, tal y como ocurre con todas las solicitudes de los instrumentos de participación política.

Una vez que se cumpla con los requisitos de forma, el Instituto daría vista a la autoridad implicada, respectivamente, para que ésta pueda manifestar lo que a su interés convenga.

Posterior a esto, el Consejo Estatal Electoral, en una sesión pública, resuelve la procedencia de las solicitudes.

El plebiscito es el instrumento de participación política mediante el cual se pone a consideración de la ciudadanía los actos o decisiones administrativas del Poder Ejecutivo (Gobierno Estatal) y de los Ayuntamientos (Municipios), según el Art. 40 de la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Chihuahua (LPC).

Con base en el Artículo 16 de la citada ley, corresponde al Instituto Estatal Electoral implementar los instrumentos de participación política: Referéndum, Plebiscito, Revocación de mandato e Iniciativa Ciudadana.