Ordena Juez que Secretaría del Trabajo verifique si maquiladoras protegen a sus empleados ante coronavirus

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La Juez Décimo de Distrito Madhay Soto Morales, dictaminó que la Secretaría del Trabajo revise y verifique que las maquiladoras de la entidad están cumpliendo con la obligación que tienen de proteger a sus empleados ante la posibilidad de contagiarse del Covid-19, además de señalar que se debe de verificar si esas empresas están o no dentro de las consideradas de actividad esencial y si no es así, que se mande a sus trabajadores a guardar la cuarentena con todos sus derechos laborales a salvo, es decir, sueldos y prestaciones.

Lo anterior lo dictaminó la juez ante el amparo que presentó Carlos Joel Vargas Reyes, quien solicitó la protección de la autoridad contra actos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social del Estado.

Los actos reclamados son:

La omisión al establecer medidas de protección y seguridad eficaces para evitar el contagio del coronavirus.

La omisión de realizar acciones para asegurar la suspensión de labores no esenciales en el ámbito de sus respectivas competencias, tanto por lo que señalan diversos artículos de la ley federal del trabajo, como lo que indica la declaratoria emitida por la presidencia de la República el pasado 30 de marzo, donde se declara de manera oficial la continencia sanitaria en el país.

El dictamen de la juez, señala puntualmente que en la entidad hay más de un millón de trabajadores de la industria maquiladora, lo que hace entender la gravedad del riego enorme que existe de que todos esos trabajadores siguen con cumpliendo con su trabajo, sin que las empresas para las que trabajan tomen las medidas de prevención necesarias.

De esta forma las empresas maquiladoras deben parar labores y no podrán reiniciar hasta que no comprueben que están tomando las medidas de prevención necesarias para evitar cualquier contagio.

En el dictamen se puede leer, que las medidas de prevención que el sector público, el privado y el social deben de poner en marcha, para evitar contagios son entre otras: “Evitar la asistencia a centros de trabajo, espacios públicos y otros lugares concurridos a los adultos mayores de 65 años o más y grupos de personas con riesgo de desarrollar enfermedad grave y/o morir a causa de ella…”, esos trabajadores deberán de ser enviados a sus hogares a guardar la cuarentena y con sus salario y percepciones aseguradas de manera integra.

La juez dictaminó que tanto la Secretaria Estatal del Trabajo y dichas empresas tienen 15 días para demostrar que se cumplen con todas las medidas de prevención para con los trabajadores.

Quienes no cumplen con esas medidas podrán ser multados hasta por 86 mil 880 pesos.

La Juez Décimo de Distrito Madhay Soto Morales, atendiendo la gravedad de esta situación incluso habilitó los días de asueto para recibir las notificaciones debidas para el cumplimiento de su dictamen.