Hasta 22 mil pesos de multa tendría tu patrón por incumplir la ley de home office

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La Ley Federal de Trabajo (LFT) fue modificada para establecer las condiciones y prestaciones que tendrán las empresas y empleados ante el teletrabajo o home office, en caso de incumplir dichas reformas, estas serían las sanciones.

El 12 de enero entró en vigor la ley de teletrabajo para regular las actividades de los empleados que están contratados por este régimen, establecido en el artículo 330, fracciones A – K, de la LFT.

Se establecen derechos y obligaciones, en el caso de que el patrón los incumpla, se hará acreedor a una sanción que, de acuerdo con el sitio Capital Humano, sería de hasta 448 mil pesos en multas.

Multas por incumplir la ley de home office

Las multas que se podrían aplicar, están establecidas en los artículos 994 y 1002 de la LFT con Unidades de Medida de Actualización (UMAs), por lo que su monto el pesos es variable.

No respetar la desconexión digital. 

La multa por este incumplimiento va de 4,481 a 22,405 pesos, de acuerdo con la LFT.

No respetar día de descanso.

La multa sería desde 4,481 hasta 22,405 pesos.

No respetar el derecho al trabajo reversible.

Se establece que el empleado puede decidir de manera voluntaria regresar al esquema presencial. Si el patrón niega esto podría ser multado con 4,481 a 448,100 pesos.

Conoce los derechos y obligaciones que entraron en vigor con esta reforma y recuerda que es para ser considerado empleado de teletrabajo debe estar establecido en un contrato.