Determina SCJN que cónyuges y concubinos varones tienen derecho a servicios médicos y pensiones por viudez del IMPE Chihuahua

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anunció este martes que cónyuges concubinosya tienen el derecho servicios médicos y pensiones por viudez.

  • Se considera cónyugues, a las personas que se unen en matrimonio.
  • Se considera concubinos, a quienes tienen una relación marital y no están unidos en vínculo matrimonial.

Esta decisión se determinó por unanimidad del Pleno, al considerar que la norma que impedía a los hombres gozar de dichos beneficios, salvo que estuviesen totalmente incapacitados, es inconstitucional.

Los artículos 45, 47 y 69, fracción I, de la Ley del Instituto Municipal de Pensiones de Chihuahua impedían a los viudos acceder a la pensión de sus cónyugues.

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación los consideró discriminatorios y violatorios del derecho a la igualdad entre hombres y mujeres, previsto en la Constitución Federal.