La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anunció este martes que cónyuges y concubinosya tienen el derecho a servicios médicos y pensiones por viudez.
- Se considera cónyugues, a las personas que se unen en matrimonio.
- Se considera concubinos, a quienes tienen una relación marital y no están unidos en vínculo matrimonial.
Esta decisión se determinó por unanimidad del Pleno, al considerar que la norma que impedía a los hombres gozar de dichos beneficios, salvo que estuviesen totalmente incapacitados, es inconstitucional.
#SCJN determina que cónyuges y concubinos varones de Chihuahua tienen derecho a servicios médicos y pensiones por viudez.
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— Suprema Corte (@SCJN) March 19, 2019