Comisión de Hacienda aprueba que el SAT pueda tomar fotos de los bienes de los contribuyentes

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CIUDAD MÉXICO, 08ABRIL2020.- Las oficinas de gobierno han limitado sus operaciones tras declararse la emergencia nacional por Covid-19, como las oficinas del SAT que solo atienden a la ciudadanía a través de citas previas, esto para evitar conglomeraciones de personas. FOTO: MOISÉS PABLO/CUARTOSCURO.COM

Al aprobar el dictamen de la Miscelánea Fiscal 2021, la Comisión de Hacienda y Crédito Público avaló cambios al Código Fiscal Federal, que incluyen el uso de tecnología por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para registrar los bienes de contribuyentes en visitas.

Se trata de cambios en el artículo 45 del Código Fiscal de la Federación, con la finalidad de que “las autoridades fiscales, modernicen los procedimientos de visitas a realizar dentro del domicilio fiscal del contribuyente, mediante el uso de herramientas tecnológicas, siempre que, en la emisión de la orden de visita, se funde y motive el empleo de éstas”, resolvió la comisión.

El dictamen, que avanzó al Pleno de la Cámara de Diputados, se aprobó con 18 votos a favor y 12 en contra.

El documento asegura que las tecnologías utilizadas por el SAT deberán resguardarse “bajo los más altos estándares de seguridad y confidencialidad”.

De acuerdo con el dictamen aprobado, cuando las autoridades fiscales utilicen herramientas tecnológicas, deberán acreditar que éstas fueron asignadas por el SAT, así como “contar con las medidas de seguridad y encriptación necesarias para que la información que se recabe no sea expuesta de manera indebida; el SAT deberá emitir las reglas de carácter general necesarias para regular estos supuestos”.

Los legisladores de la comisión también aprobaron el bloqueo temporal del acceso al servicio digital a empresas que operan en el extranjero y que no paguen impuestos.

Para el caso de las plataformas digitales, también se añadió una propuesta para una tasa de retención única en cuanto al Impuesto sobre la Renta (ISR), y no un monto.

Al tratarse de servicios de transporte terrestre de pasajeros y entrega de bienes (como Uber, Didi, Rappi) la tasa de retención será de 2.8%, mientras que para la prestación de servicios de hospedaje(como Airbnb) será de 5%, y tratándose de la enajenación de bienes y prestación de servicios (como Amazon o Mercado Libre) sería del 2.4%.

Ley del ISR y donatarias

El dictamen aprobado también contempla cambios a la Ley del Impuesto Sobre la Renta sobre donatarias autorizadas.

Propone, entre otras medidas, revocar a las donatarias que superen el 50% de sus ingresos anuales por actividades no relacionadas con su objeto social, como la venta de productos y eventos de recaudación, entre otros.

Al respecto, organizaciones señalaron que estos cambios “afectan el trabajo de las organizaciones que son donatarias autorizadas”, pues consideran que atentan contra su derecho de financiamiento y de autonomía.

Donatarias no autorizadas presentaron un análisis a las reformas a la ley, y elaboraron una nueva propuesta presentada a diputados.