Abordarán expertos Declaración Anual de Personas Morales 2020

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  • Concluye Seminario de Nóminas con Módulo Tratamiento Fiscal de las Remuneraciones
  • Anuncian para este viernes el curso Declaración Anual de Personas Morales

El Instituto y Colegio de Contadores Públicos de Chihuahua (ICCPCh) concluyó el pasado viernes 26 de febrero su Seminario de Nóminas 2021, con el Módulo IV denominado Tratamiento Fiscal de las Remuneraciones, a cargo de la Doctora Virginia Ríos Hernández, del Buffete VR Asociados.

El Presidente del Colegio, C.P.C. Jesús José Barrera Torres, felicitó a los muchos participantes de este Seminario, en el que se contó con la participación de un selecto ramillete de expositores, de distintas partes del país.

Informó que las actividades continuarán en el mes de marzo, por lo que invitó a la comunidad contable y empresarial para estar al pendiente y sumarse a los temas que sean de su interés, en tanto que vivimos momentos de retos en Chihuahua y México entero.

Por citar un ejemplo, este viernes se tiene el curso Declaración Anual de Personas Morales 2021, en el que dos especialistas tocarán aspectos como consideraciones previas al cierre del ejercicio, análisis de los ingresos, deducciones y estímulos fiscales, detalles de la información requerida para cumplir con la declaración anual, modificaciones al formato de prellenado, entre otros.

En sus comentarios dentro de la capacitación, la doctora Ríos Hernández dijo que siempre es un gusto poder compartir su experiencia con los socios y amigos del Colegio de Contadores de Chihuahua y agradeció que se le tome en cuenta para estos ejercicios de capacitación.

Sobre el tema a discernir, explicó que en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) las Disposiciones Generales para Personas Físicas tienen una Clasificación tácita de Ingresos que deriva del texto de la misma norma, aunque no se haga una referencia exacta y formal.

De ahí se puede interpretar que las Personas Físicas podrán tener ingresos gravables que se dividen en Ingresos Acumulables y No Acumulables. En cuanto a los primeros, entre más de ellos se tengan la tasa será más alta y los segundos también pagan impuestos pero no lo hacen sumándose a todos los ingresos.

Por ejemplo las indemnizaciones o primas de antigüedad no son acumulables, dijo la doctora Ríos Hernández.